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A partir de abril será obligatorio discriminar el IVA en las facturas
28.03.2025 17.25| La medida deberá se aplicada por todos los comerciantes a partir del 1° de abril con el fin de que los consumidores conozcan la presión fiscal sobre los productos.
A partir del 1° de abril será obligatorio discriminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las facturas, así como también otros impuestos nacionales indirectos que incidan en los precios que pagan los consumidores finales. La medida forma parte de un régimen de transparencia fiscal impulsado por la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA).
ARCA había actualizado la normativa que regula la transparencia fiscal para los consumidores mediante la vía la Resolución General 5614/2024 publicada en diciembre pasado. La medida obliga a las empresas en Argentina a proporcionar a los consumidores un desglose detallado de los impuestos incluidos en el precio final de los bienes y servicios adquiridos.
La discriminación del IVA y otros impuestos ya es obligatoria desde el 1° de enero de 2025 para las grandes empresas.
Incluso, aquellos contribuyentes que emitían comprobantes mediante facturación electrónica utilizando sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la opción de discriminar el IVA en sus comprobantes de compra.
Sin embargo, el resto de los comerciantes tenían un plazo adicional hasta el 1° de abril de 2025 para adaptarse a la nueva normativa. Es por eso que, a partir de esta fecha, la discriminación de los impuestos pasa a ser obligatoria.