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A partir de M20: Se prohíbe la venta y uso de pirotecnia en Santa Lucía

A partir de M20:  Se prohíbe la venta y uso de pirotecnia en Santa Lucía

29.11.2019     11:23|

El Concejo Deliberante santaluceño  aprobó la Ordenanza que prohíbe la venta y el uso de artefactos pirotécnicos en todo el ámbito de la ciudad. La medida comenzará a regir a partir del 1 de Marzo de 2020 y habrá sanciones a quienes incumplas con la normativa.

 

La decisión de aprobar esta normativa se basa  al efecto negativo que produce la pirotecnia sobre el medio ambiente, los animales y los seres humanos.
Se prohibirán: Cohetes, petardos, rompe portones, bombas de estruendo, cañas voladoras, globos aerostáticos de papel y todo otro elemento sonoro pirotécnico. Se excluye la pirotecnia de efectos lumínicos o fumígenos que no produzcan sonidos o estruendos, los destinados a señales de auxilio, aquellos que son de uso de las fuerzas armadas, de seguridad, Defensa Civil y la pirotecnia establecida por protocolo de salvamento.


Habrá sanciones a quienes incumplan con la norma municipal.


Si quien cometiera la infracción fuera menor de 18 años, responderá aquella persona a cuya guarda o cuidado se encontrare el menor al momento de cometer la infracción. En los casos en que las acciones previstas en las prohibiciones tengan finalidad comercial, el mínimo de la pena será el equivalente a 50 litros de nafta súper y se podrá disponer además de la clausura del local, comercio, depósito o sus anexos hasta por 90 días, si fuera reincidente la pena se duplica.
 

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